El Círculo Latinoamericano de Fenomenología es una agrupación privada, política y nacionalmente independiente, y sin fines de lucro.
El Círculo Latinoamericano de Fenomenología tiene dos
sedes: la Secretaría y la Sede electrónica, cuyos ejercicios
se desarrollan transitoriamente en cualquiera de los países miembros.
3.2 La Secretaría recibirá las solicitudes de afiliación y las enviará al Coordinador del país a que pertenezca el solicitante para recabar su opinión, con base en la cual decidirá la admisión y su clase, o la no admisión, decisión de la cual informará de inmediato al solicitante.
3.3 Para decidir la admisión de los aspirantes y la clase de
miembro que tendrán, se tomarán en cuenta, principalmente,
los siguientes criterios:
3.4 Discrecionalmente, el Círculo invitará a fenomenólogos
de reconocida reputación internacional para que formen parte del
mismo.
3.5 Los miembros que no procedan de países de América Latina serán considerados miembros asociados.
3.6 El Círculo podrá promover la organización de una división o rama juvenil o estudiantil, que reunirá a los miembros cuyo nivel de estudios o cuyos antecedentes no permitan todavía participar en pie de igualdad con los demás miembros en las actividades y proyectos del Círculo.
3.7 El único órgano facultado para decidir la separación
de un miembro será la Asamblea, la cual procurará en todo
caso oír previamente la opinión del miembro cuestionado.
Serán causales de separación las siguientes:
3.8 El cambio de clase de un miembro, de colaborador a ordinario,
o incluso de asociado a ordinario, podrá ser decidida también
por el Comité de Dirección.
4.2 Además de la Secretaría y la Sede Electrónica, el Círculo contará con un Coordinador local en cada uno de los países de su ámbito de acción, un Comité de Dirección integrado por los encargados de la Secretaría, la Sede electrónica y los Coordinadores locales, y una Asamblea, integrada por los miembros del Comité de Dirección y todos los miembros ordinarios.
4.3 La Asamblea es el órgano máximo del Círculo y tomará todas las decisiones que sean de interés para el Círculo. En ella tendrán voz y voto, individualmente, cada uno de los miembros que formen parte de ella. La Asamblea decidirá, en particular, quiénes ocuparán la Secretaría y la Sede Electrónica y la duración que tendrán en estos cargos, así como cualquier modificación al presente Reglamento.
4.4 La Asamblea se reunirá por lo menos bianualmente, durante los Coloquios Latinoamericanos que organice el Círculo.
4.5 La selección y duración de los Coordinadores locales dependerán de los miembros del Círculo en cada país. En circunstancias extraordinarias, la Asamblea o el Comité de Dirección podrán decidir considerar a varios países como un solo bloque y asignarles un Coordinador local.
4.6 El Comité de Dirección está facultado para tomar cualquier decisión no prevista en este Reglamento y que afecte a la vida del Círculo, durante los periodos en que no se realice la Asamblea.
4.7 De los miembros se espera una participación activa, acorde
con sus posibilidades, en todas las actividades y proyectos del Círculo.
Los Coordinadores locales respectivos tendrán a su cargo la vinculación del Círculo con las asociaciones u organizaciones nacionales relacionadas con la fenomenología.
La Asamblea o el Comité de Dirección del Círculo
podrá decidir qué proyectos podrán asumirse como proyectos
del Círculo, ya sea que se promuevan a iniciativa de algún
miembro o a iniciativa de alguno de los órganos del Círculo.
2. La Secretaría del Círculo estará a cargo de la Dra. Rosemary Rizo-Patrón de Lerner y tendrá como sede la Pontificia Universidad Católica del Perú y; la Sede Electrónica estará a cargo del Dr. Antonio Zirión Quijano, de México, con la colaboración del Dr. Germán Vargas Guillén, de Colombia.
3. Están considerados como proyectos del Círculo los siguientes:
| Carátula | Grupo Clafen en Yahoo! Grupos |
|---|---|
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© Círculo Latinoamericano de Fenomenología,
1999-2007.
© Antonio Zirión Quijano, 1999-2007.